CABILDO GENERAL DE ELECCIONES 2017

Al cumplirse los cuatrdsc06324o años de mandato de la actual Junta de Gobierno, de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Hermandad vigentes y una vez solicitado el correspondiente permiso a la Autoridad Eclesiástica,  el Cabildo de Hermanos, en sesión celebrada el pasado día 7 de julio ha acordado convocar CABILDO GENERAL ORDINARIO DE ELECCIONES, el cual tendrá lugar – D.m. – el viernes 22 de septiembre del presente año de 2017.

Por este motivo, el Cabildo de hermanos ha dispuesto las siguientes normas para el desarrollo del proceso, siempre de acuerdo con lo contemplado en nuestros Estatutos:

1.- Hermanos con derecho a voto:

Tendrán derecho a voto todos los hermanos activos que se encuentren al corriente de pago de cuotas. Aquellos que cumplan dichos requisitos recibirán en su domicilio o dirección de correo electrónico la correspondientes citación.

2.- Exposición del censo de electores:

Se procederá a la exposición del censo de hermanos con derecho a voto, al objeto de que los que deseen puedan confirmar su presencia en dicho censo, así como la corrección de sus datos personales. Dado que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter  Personal, impone un deber de confidencialidad sobre los datos relativos a la pertenencia a Asociaciones Religiosas, que hace inviable su exhibición pública con carácter general, la comprobación del Censo se efectuará de manera individualizada en la Secretaría de la Hermandad y solo afectará a los datos del hermano consultante.

3.- Presentación de candidaturas y requisitos de los candidatos.

Conforme establece el artículo 20 de nuestros Estatutos corresponde al Cabildo de Hermanos la elección del Hermano Mayor. El plazo para presentar las candidaturas será del 1 de septiembre hasta las 21h del 8 de septiembre. De conformidad con nuestros Estatutos, podrán presentar su candidatura aquellos “cofrades que se distinguen por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica. Ellos deben dar ejemplo y ser estímulo para los demás cofrades y hermanos, participando cada domingo en la celebración de la Eucaristía, recibiendo con frecuencia el Sacramento de la Penitencia…” (Obispos del Sur de España, Carta Pastoral 1 a las Hermandades y Cofradías (1988), nº 37). Para ser candidato a hermano mayor se requiere una especial ejemplaridad de vida y costumbres, una afectuosa relación con la Iglesia y sus Pastores, así como un conocimiento de la programación pastoral diocesana y parroquial (art. 34). Se requerirá una antigüedad de diez años en la Hermandad (art. 38).

Igualmente podrá ser elegido cualquier hermano activo, aunque no haya presentado candidatura (art. 42).

La Secretaría informará a la Junta de Gobierno de las candidaturas que se hayan presentado, la cual procederá a su aprobación o rechazo en virtud de que cumpla o no con los requisitos y condiciones expuestos, haciéndose pública la decisión a los efectos oportunos.

sobre elec

4.- Desarrollo del Cabildo.

Presidirá la mesa electoral la Autoridad Eclesiástica, la Secretaria General de la Hermandad y el Hermano Mayor en funciones o, en su representación, cualquier miembro de la Junta de Gobierno en funciones. Cada una de las candidaturas presentadas podrán nombrar a un representante de la misma en la mesa electoral, el cual tendrá voz pero no voto.  El Cabildo se celebrará en la Casa de Hermandad el viernes 22 de septiembre dando comienzo a las 20.15 horas en primera convocatoria. La mesa electoral estará abierta hasta las 22 horas. La votación será personal y secreta mediante papeleta. El Cabildo se constituirá en primera convocatoria con la mayoría absoluta de los convocados y en segunda convodatoria con los asistentes (art. 39). Resultará elegido el candidato que obtenga, en primera votación, mayoría absoluta de los asistentes y en segunda votación, mayoría simple. Se hará votación aunque no haya candidatos (art. 40). Finalizado el Cabildo se levantará acta del mismo, de la que se enviará copia a la Autoridad Eclesiástica.

5.- Voto por correo.

Con el fin de que todos los hermanos puedan ejercer los mismos derechos con independencia de su lugar de residencia, se establece la posiblidad de ejercitar el voto por correo  a todos aquellos hermanos cuyo domicilio o residencia habitual se encuentre fuera de la provincia de Granada. Para ello, deberán ponerse en contacto con la secretaría de la Hermandad hasta las 21h del día 14 de septiembre, la cual le informará del procedimiento a seguir para emitir válidamente su voto.

6.- Información para los candidatos.

En aplicación estricta  de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, no se proporcionará a ninguna de las candidaturas concurrentes información sobre los datos contenidos en el censo de hermanos con derecho a voto. No obstante y para garantizar a todos los hermanos la adecuada información sobre las candidaturas concurrentes, se pondrán a disposición de las mismas la posibilidad de enviar un documento con las propuestas de cada una, sufragada y distribuida desde la propia Secretaría de la Hermandad.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies