NATURALEZA (Art. 2)
Esta Hermandad ha sido erigida como asociación pública de fieles de la Iglesia Católica por el Nuncio de S.S. con fecha 28 de Mayo de 1566.
Es misión de la Hermandad la de la Iglesia: llevar a los hombres el mensaje de la salvación que Cristo vino a traer a la tierra y ofrecerlo a los Hermanos con un espíritu de servicio total, como Él lo hizo ( Sínodo diocesano de Granada, nº 1197).
FINES (Art. 3)
La Hermandad tiene los siguientes fines: el culto público, particularmente al Santísimo Sacramento del Altar – dado el carácter de Hermandad Sacramental –, a Nuestro Señor Jesucristo y la Santísima Virgen en sus advocaciones de Jesús de la Paciencia y María Santísima de las Penas, así como al Apóstol San Matías; la confraternidad de sus miembros y el ejercicio de la caridad.
Para conseguir estos fines, la Hermandad ayudará a sus miembros, entre otras cosas, a:
A) Fomentar el espíritu de conversión personal y una vida cristiana más profunda.
B) Avanzar en una formación cristiana que responda a las necesidades actuales y a la necesaria integridad de fe y costumbres.
C) Asumir, con espíritu misionero, los compromisos apostólicos y cristianos que, en el ámbito familiar, profesional y de caridad, debe desarrollar un católico consciente, dentro de la pastoral diocesana y parroquial.
La Hermandad desarrollará su labor social, preferentemente y sin perjuicio de otras necesidades generales, en el entorno de las del barrio en el que se integra.